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El régimen de visita en los divorcios
20 de Septiembre de 2018

El régimen de visitas, en ocasiones, supone medidas difíciles de tomar. Por ello, cuando no hay acuerdo de los padres en casos de divorcio, es mejor consultar a abogados especialistas en divorcios en Gijón. Aunque en principio dicho régimen así como la comunicación entre hijos y progenitores la fijará el juez, es mejor llegar previamente a un acuerdo.

Son los padres los que conocen las circunstancias familiares y de sus vidas. Por ello, es mejor llegar a un acuerdo previo con el asesoramiento de abogados especialistas en divorcios en Gijón, pues los tribunales adoptarán las medidas en caso de ser justas y de mutuo acuerdo. Al fin y al cabo, deben ser los progenitores los que dejen a un lado las reticencias y miren por el bien de sus hijos.

Por otro lado, debemos señalar que es necesario que no usemos la terminología del régimen de guarda y custodia. A menudo se confunde con el régimen de visitas y es una confusión que a veces agrava los conflictos familiares.

Así, hay que destacar que el régimen de visitas, comunicación y de relación del hijo con su progenitor no custodio consiste en un derecho afectivo que se encuadra en los de la personalidad y se suele fundamentar en una relación familiar previa principalmente, aunque no en exclusiva.

Por otro lado, otro aspecto a señalar es que el régimen de visita no se encuentra vinculado a la patria potestad. Esto se debe a que la privación de dicha patria potestad persiste igualmente. Además, esta se caracteriza por ser irrenunciable e inalienable, por lo que siempre se hablará de una suspensión y limitación del régimen de visita y nunca de una supresión.

Con nuestros abogados en Juan José y Javier Dapena podemos ofrecerte un completo asesoramiento para que sepas la mejor forma de ejercer tus derechos de acuerdo con tus circunstancias personales.

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