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Algunas diferencias entre separación y nulidad matrimonial eclesiástica
26 de Julio de 2017

Además de ser abogados especialistas en divorcios en Gijón podemos tramitar la nulidad matrimonial eclesiástica, para que puedas partir de cero también en lo referente a la unión religiosa con la otra persona.

En el derecho canónico, hay situaciones relacionadas pero muy diferentes entre sí que llevan aparejadas distintas consecuencias. Por un lado está la separación conyugal, para la que la Iglesia considera que hay causas justificadas y otras que no lo son, y que supone una suspensión temporal de las obligaciones de la unión pero no se rompe esta.

El matrimonio no es para los creyentes sino un compromiso ineludible para toda la vida, que solo por circunstancias excepcionales debe pasar a segundo plano.

Como abogados especialistas en divorcios en Gijón recibimos muchas consultas relacionadas con el proceso civil y el canónico, y nuestro trabajo estaría incompleto si no pudiéramos asesorarte y gestionar las soluciones en los dos.

Hay pues causas de separación que se consideran justas: la infidelidad, el abandono de uno de los cónyuges, el descuido de los hijos… Solo si hay adulterio o grave detrimento (físico o espiritual) de la pareja o los hijos es posible separarse, y solo en el primer caso, el adulterio, se puede llegar a una separación definitiva.

La nulidad es un caso más conveniente para que la separación sea total, pero para obtenerla hay que mostrar que el vínculo conyugal no ha llegado a existir, y por tanto no se pueden considerar contraídos los derechos y obligaciones propios del matrimonio canónico.

En el despacho de abogados de Juan José y Javier Dapena encontrarás profesionales especializados en divorcios y también en nulidad matrimonial eclesiástica.

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