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Condenan a una financiera por declarar morosa a una paciente de Idental en Gijón
11 de Enero de 2021

La paciente había contratado un préstamo vinculado a un tratamiento con Idental en 2016 con vigencia de tres años por 2.019 euros y pagó «puntualmente»

Un juzgado de Gijón ha condenado a una financiera por vulneración del derecho al honor de una paciente de Idental a la que incluyó indebidamente en un fichero de morosos, en 2018 y 2019, pese a que el Juzgado Central de Madrid y el Ministerio de Sanidad habían pedido que, tras el cierre de la empresa, no se siguieran cobrando las deudas vinculadas a la mercantil.


El titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Gijón ha impuesto a Servicios Prescriptor y Medios de Pago, antigua Evo Finance, el abono de 5.000 euros a la paciente por el daño moral causado al argumentar que la demandada ejerció una presión «ilegítima» sobre ella al incluirla en el fichero Experian-Badesbug, sin requerimiento formal y advertencia alguna.

La paciente había contratado un préstamo vinculado a un tratamiento con Idental en 2016 con vigencia de tres años por 2.019 euros y pagó «puntualmente» hasta que, en junio de 2018, tras el cierre de la clínica, solicitó la suspensión del pago de las cuotas y decidió acudir a otro centro para subsanar «los defectos de la mala praxis» y concluir el tratamiento, según subraya la sentencia.


El juez expone que el Juzgado Central de Instrucción 5 requirió, en septiembre de 2019, a varias financieras, entre ellas a Evo Finance, para que cesase de reclamar las deudas y se abstuviesen de incluir en ficheros de información patrimonial a los perjudicados de idental, e incluso el Ministerio de Sanidad había publicado en su web que las entidades financieras no podían seguir cobrando los créditos vinculados a esta mercantil.


Además, recuerda que la mujer reclamó incluso ante el servicio de Consumo de la Consejería de Sanidad, y Evo Finance, a pesar de conocer la problemática, empezó a «hostigarla» con llamadas para el cobro, y mensajes y la incluyó en el fichero de morosos por una deuda global de 508 euros.


El abogado Javier Dapena Álvarez-Hevia, en representación de la paciente, demandó a la financiera en octubre pasado y el juez ha avalado que la demandada no podía incluirla en un registro de morosos como una presión «ilegítima» sobre todo al haberla efectuado tras las resoluciones del Juzgado Central y la advertencia de Sanidad.


La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación.

Noticia del periódico EL COMERCIO

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